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martes, 28 de septiembre de 2010

MOMENTO DE REGISTRO CONTABILIDAD Y COMPROBANTES FISCALES DIGITALES

Analizando los requisitos del CFD, las reglas I.2.11.5 (para 2010) y II.2.23.4.4 (para 2011) señalan:

II. Que al asignarse el folio, y en su caso serie, se registre de manera electrónica y automática en la contabilidad, al momento de la emisión del comprobante fiscal digital la referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo, en que se generó el comprobante fiscal digital conforme al formato señalado en el Anexo 20.formato señalado en el Anexo 20.

El Glosario publicado en el portal del SAT dice:

Sistema electrónico contable

Es un mecanismo electrónico por medio del cual el contribuyente lleva un registro del tipo, monto y fecha de sus operaciones para poder comprobar sus ingresos o egresos así como también lleva un inventario de sus activos y pasivos.

El Art. 28 del CFF dice en su último párrafo:

En los casos en los que las demás disposiciones de este Código hagan referencia a la contabilidad, se entenderá que la misma se integra por los sistemas y registros contables a que se refiere la fracción I de este artículo, por los papeles de trabajo, registros, cuentas especiales, libros y registros sociales señalados en el párrafo precedente, por los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal y sus registros, por las máquinas registradoras de comprobación fiscal y sus registros, cuando se esté obligado a llevar dichas máquinas, así como por la documentación comprobatoria de los asientos respectivos y los comprobantes de haber cumplido con las disposiciones fiscales.

Con base en lo anterior, mi conclusión es que si un software de Facturación hace la emisión de un CFD, y registra en su base de datos toda la información del CFD, incluyendo folio, fecha, hora, minutos y segundo, y los demás datos requeridos, ya se esta cumpliendo con el requisito, pues la base de datos forma parte de la contabilidad, independientemente del momento en que se lleve a cabo la elaboración de la la póliza y asientos contables que afectarán las cuentas.

Aún más, la póliza se podría elaborar totalizando las operaciones del día, sin necesidad de generar un asiento para cada folio, o de relacionar todos y cada uno de los folios del día, pues esa información ya se encuentra reflejada en la base de datos del sistema de facturación, que forma parte de la contabilidad.

Presento mi pregunta en forma de conclusión para conocer otras opiniones. Agradeceré sus respuestas con opiniones a favor o en contra de esta conclusión.

Actualización 18/Sep/10

Leyendos la Preguntas Frecuentes en la página del SAT, encontré otra confirmación:

2. ¿Cómo se interpreta el registro de manera simultánea a las cuentas y subcuentas contables para la emisión de Facturas Electrónicas?

Al realizar la emisión de una Factura Electrónica, esta deberá quedar registrado en la operación de ventas o modulo de facturación para su posterior afectación al resto del sistema contable, considerando fecha, hora, minuto y segundo en que fue generada la Factura Electrónica. No es necesario afectar todas las partes de la contabilidad al momento de la emisión, siempre que exista un registro inicial y se replique el movimiento en un segundo paso de manera automática y que guarde consistencia entre lo registrado al momento de la emisión de la Factura Electrónica y lo reflejado al resto de la contabilidad.

(Artículo 29, Fracción IV, párrafo segundo del CFF) así como la (Regla I.2.11.5. Fracción II de la RMF 2010).

SE QUEDA A MODO DE DISCUSIÓN Y USO DEL CRITERIO CONTABLE

SALUDOS!

CONTABILIDAD Y COMPROBANTES FISCALES DIGITALES

¿Cómo se interpreta el registro de manera simultánea a las cuentas y subcuentas contables para la emisión de Facturas Electrónicas?

Al realizar la emisión de una Factura Electrónica, esta deberá quedar registrado en la operación de ventas o modulo de facturación para su posterior afectación al resto del sistema contable, considerando fecha, hora, minuto y segundo en que fue generada la Factura Electrónica. No es necesario afectar todas las partes de la contabilidad al momento de la emisión, siempre que exista un registro inicial y se replique el movimiento en un segundo paso de manera automática y que guarde consistencia entre lo registrado al momento de la emisión de la Factura Electrónica y lo reflejado al resto de la contabilidad.

(Artículo 29, Fracción IV, párrafo segundo del CFF) así como la (Regla I.2.11.5. Fracción II de la RMF 2010).

FUENTE: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/comprobantes_fiscales/15_16002.html
GRACIAS A  @SuperCPmx EN TWITTER POR LA VALIOSA AYUDA
 
SALUDOS!

viernes, 6 de agosto de 2010

RETRO: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS


¿LOS CONOCES?

ERAN LA NORMATIVIDAD APLICABLE A LAS OPERACIONES CONTABLES ANTES DE QUE ENTRARN EN VIGOR LAS NIF.

DESPUÉS DE DARLE UN VISTAZO HAY 3 PREGUNTAS INDISPENSABLES:

A) ¿CUANDO ENTRARON EN VIGOR LAS NIF?
B) ¿QUE PRINCIPIOS SIGUEN VIGENTES EN LAS NIF?
C) ¿QUÉ ORGANISMOS EMITIERON CADA ORDENAMIENTO A SU VEZ?

Los principios de Contabilidad constituyen conceptos fundamentales que establecen bases adecuadas para:


1. Identificar y delimitar a las entidades económicas, las cuales, por medio de la celebración de operaciones generan información financiera.


2. Valuar las operaciones.


3. Presentar la información financiera.


Dichos principios, pronunciados por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, con base en el consenso de su membresía, son los siguientes:


1. Entidad.


La actividad económica es realizada por entidades identificabas, las que constituyen combinaciones de recursos humanos, recursos naturales y capital, coordinados por una autoridad que toma decisiones encaminadas a la consecución de los fines de la entidad.


A la contabilidad, le Interesa Identificar la entidad que persigue fines económicos particulares y que es independiente de otras entidades. Se utilizan para identificar una entidad dos criterios:


  1. Conjunto de recursos destinados a satisfacer alguna necesidad social con estructura y operación propios,
  2. Centro de decisiones independiente con respecto al logro de fines específicos, es decir, a la satisfacción de una necesidad social. Por tanto, la personalidad de un negocio es independiente de la de sus accionistas o propietarios y en sus estados financieros sólo deben incluirse los bienes, valores, derechos y obligaciones de este ente económico independiente. La entidad puede ser una persona física, una persona moral o una combinación de varias de ellas.
2. Realización.

La contabilidad cuantifica en términos monetarios las operaciones que realiza una entidad con otros participantes en la actividad económica y ciertos eventos económicos que la afectan.


Las operaciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica se consideran por ella realizados: (A)cuando ha efectuado transacciones con otros entes económicos. (B) cuando han tenido lugar transformaciones internas que modifican la estructura de recursos o de sus fuentes o cuando han ocurrido eventos económicos externos a la entidad o derivados de las operaciones de ésta y cuyo efecto puede cuantificarse razonablemente en términos monetarios.


3. Periodo Contable.

La necesidad de conocer los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en períodos convencionales. Las operaciones y eventos así como sus efectos derivados, susceptibles de ser cuantificados, se identifican con el período en que ocurren; por tanto cualquier información contable debe indicar claramente el período a que se refiere. En términos generales, los costos y gastos deben identificarse con el ingreso que originaron, independientemente de la fecha en que se pague.


4. Valor Histórico Original.

Las transacciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica se registran según las cantidades de efectivo que se afecten o su equivalente o la estimación razonable que de ellos se haga al momento en que se consideren realizados contablemente. Estas cifras deberán ser modificadas en el caso de que ocurran eventos posteriores que les hagan perder su significado, aplicando métodos de ajuste en forma sistemática que preserven la imparcialidad y objetividad de la información contable. Sí se ajustan las cifras por cambios en el nivel general de precios y se aplican a todos los conceptos susceptibles de ser modificados que integran los estados financieros, se considerará que no ha habido violación de este principio; sin embargo, esta situación debe quedar debidamente aclarada en la información que se produzca.


5. Negocio en Marcha.


La entidad se presume en existencia permanente, salvo especificación en contrario; por lo que las cifras de sus estados financieros representarán valores históricos, o modificaciones de ellos, sistemáticamente obtenidos.


Cuando las cifras representen valores estimados de liquidación, esto deberá especificarse claramente y solamente serán aceptables para información general cuando la entidad esté en liquidación.


6. Dualidad Económica.


Esta dualidad se constituye de:



  1. Los recursos de los que dispone la entidad para la realización de sus fines y,
  2. Las fuentes de dichos recursos, que a su vez, son la especificación de los derechos que sobre los mismos existen considerados en su conjunto.
La doble dimensión de la representación contable de la entidad es fundamental para una adecuada comprensión de su estructura y relación con otras entidades. El hecho de que los sistemas modernos de registro aparentan eliminar la necesidad aritmética de mantener la igualdad de cargos y abonos, no afecta al aspecto dual del ente económico, considerado en su conjunto.


7. Revelación Suficiente.


La información contable presentada en los estados financieros debe contener en forma clara y comprensible todo lo necesario para juzgar los resultados de operación y la situación financiera de la entidad.


8. Importancia Relativa.


La información que aparece en los estados financieros debe mostrar los aspectos importantes de la entidad susceptibles de ser cuantificados en términos monetarios. Tanto para efectos de los datos que entran al sistema de información contable como para la información resultante de su operación, se debe equilibrar el detalle y multiplicidad de los datos con los requisitos de utilidad y finalidad de la información.


9. Consistencia.


Los usos de la información contable requieren que se sigan procedimientos de cuantificación que permanezcan en el tiempo. La información contable debe ser obtenida mediante la aplicación de los mismos principios y reglas particulares de cuantificación para, mediante la comparación de los estados financieros de la entidad, conocer su evolución y, mediante la comparación con estados de otras entidades económicas,
conocer su posición relativa.


Cuando haya un cambio que afecte la comparabilidad de la información debe ser justificado y es necesario advertido claramente en la información que se presenta, indicando el efecto que dicho cambio produce en las cifras contables. Lo mismo se aplica a la agrupación y presentación de la información.


Como se observa, los tres primeros principios −Entidad, Realización y Periodo Contable− identifican y delimitan a la entidad económica.


Los tres siguientes, − Valor histórico original, Negocio en marcha y Dualidad económica− establecen bases para la valuación de las transacciones celebradas por las entidades.


El principio de Revelación suficiente, regula la presentación de información financiera.

Finalmente, los dos últimos principiosimportancia relativa y consistencia− representan requisitos generales


aplicables a la Contabilidad en su conjunto.